Preguntas Frecuentes

En Administración de Fincas Infantado, entendemos que pueden surgir muchas preguntas sobre la gestión de tu comunidad. Aquí respondemos a las más comunes.

1. ¿Qué es una administración de fincas?

Una administración de fincas es un servicio profesional que se encarga de gestionar y mantener las propiedades en nombre de sus propietarios. Esto incluye la gestión financiera, el mantenimiento de instalaciones, la resolución de conflictos, la asesoría legal, y mucho más.

2. ¿Cuáles son las funciones de un administrador de fincas?

Las principales funciones de un administrador de fincas incluyen:

  • Gestión Financiera: Elaboración de presupuestos, gestión de cobros y pagos, y provisión de informes financieros.
  • Mantenimiento y Conservación: Coordinación de labores de mantenimiento y reparaciones, así como la gestión de proyectos de mejora.
  • Resolución de Conflictos: Mediación en disputas entre vecinos y asesoramiento sobre normativas de convivencia.
  • Asesoría Legal: Provisión de asesoramiento sobre cuestiones legales relacionadas con la propiedad y la gestión de documentación.
  • Comunicación y Transparencia: Organización de reuniones de propietarios y envío de boletines informativos y actualizaciones.
3. ¿Cómo puedo acceder a los documentos importantes de mi comunidad?

En Administración de Fincas Infantado, ponemos a tu disposición al personal de nuestras oficinas en su horario de atención al público. Y también ofrecemos un despacho online en el que  puedes encontrar todos los documentos importantes de tu comunidad. Esto incluye actas de reuniones, escritos a organismos oficiales y presupuestos de obras pendientes, entre otros. Puedes ver el estado de tus incidencias abiertas y consultar la información financiera en cualquier momento, todo en un solo lugar.

4. ¿Qué ventajas ofrece el despacho online?

El despacho online facilita la gestión administrativa y mejora la transparencia en la comunidad. Algunas de las ventajas incluyen:

  • Acceso 24/7: Consulta documentos y estados financieros en cualquier momento, sin necesidad de buscar entre correos electrónicos o llamar al administrador.
  • Reducción de comunicaciones: Ahorrarás tiempo y disminuirán las llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes de WhatsApp, ya que toda la información estará disponible online.
  • Actualización en tiempo real: Mantente informado sobre las próximas reuniones y los avances en las incidencias abiertas.
  • Soporte Continuo: Aunque ofrecemos este servicio digital, seguimos atendiendo llamadas y consultas personales, especialmente para personas mayores o quienes no usen tecnología.
5. ¿Qué hago si tengo más de una propiedad?

Si tienes más de una propiedad, puedes añadir todas tus propiedades en nuestro despacho online. Una vez registrado, simplemente accede al menú de «Mis Propiedades» y añade las propiedades adicionales para gestionarlas todas desde un solo lugar.

6. ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con una decisión tomada en la junta de propietarios?

Si no estás de acuerdo con una decisión tomada en la junta de propietarios, tienes derecho a impugnar el acuerdo. Te asesoramos sobre el procedimiento adecuado y te ayudamos a presentar la impugnación ante los tribunales si es necesario.

7. ¿Qué ocurre si tengo una incidencia que necesito reportar?

Puedes reportar cualquier incidencia llamando a nuestros teléfonos de contacto o a través de nuestro despacho online. Simplemente registra la incidencia y nuestro equipo se encargará de gestionarla.

8. ¿Qué es el fondo de reserva y para qué se utiliza?

El fondo de reserva es una dotación económica que la comunidad de propietarios debe tener para atender las obras de conservación y reparación de la finca. Se destina a cubrir gastos imprevistos y a asegurar que la propiedad se mantenga en buen estado.

9. ¿Puede un administrador de fincas cobrar por un certificado?

Sí, un administrador de fincas puede cobrar por la emisión de un certificado de deuda, ya que esta tarea requiere tiempo y recursos. Sin embargo, el cobro debe ser razonable y proporcional al trabajo realizado. Es importante que este tipo de cobros esté estipulado en el contrato entre el administrador y la comunidad.

10. ¿Cómo puedo cambiar de administrador de fincas?

Para cambiar de administrador de fincas es necesario que la decisión se adopte en una junta de propietarios. Si se aprueba, se debe notificar al administrador actual y proceder a buscar otro nuevo. Nosotros te ayudamos en todo el proceso, asegurando una transición suave y eficiente.

11. ¿Qué sucede si un propietario no paga su cuota?

Si un propietario no paga su cuota, el administrador envía recordatorios y notificaciones. Si la deuda persiste, se puede proceder legalmente mediante una demanda de reclamación de cantidades. En Administración de Fincas Infantado, gestionamos todo el proceso para asegurar que la comunidad recupere las cuotas impagadas.

12. ¿Cuánto cuesta un administrador de fincas?

El coste de un administrador de fincas varía según el tamaño de la comunidad y los servicios específicos que se necesiten. Normalmente, los honorarios se acuerdan en una junta de propietarios y se detallan en el contrato de administración.

13. ¿Es obligatorio tener un administrador de fincas?

En muchas comunidades, especialmente las grandes, tener un administrador de fincas es prácticamente esencial para asegurar una gestión eficiente. Sin embargo, no siempre es obligatorio por ley. En cualquier caso, contar con un administrador profesional facilita enormemente la gestión diaria y el cumplimiento legal.

14. ¿Qué son las normas de régimen interior?

Las normas de régimen interior son reglas establecidas por la comunidad de propietarios para regular aspectos específicos de la convivencia y el uso de las instalaciones comunes. Estas normas deben respetar la Ley de Propiedad Horizontal y los estatutos de la comunidad. Son de obligatorio cumplimiento para todos los vecinos.

15. ¿Cuáles son los cargos de la junta de gobierno?

Los cargos de la junta de gobierno suelen incluir al presidente, vicepresidente, secretario y vocales. Cada uno tiene responsabilidades específicas, como la representación de la comunidad, la firma de documentos y la supervisión de la administración de la finca.

16. ¿Puedo renunciar al cargo de presidente?

Sí, puedes renunciar al cargo de presidente si tienes razones justificadas como enfermedad o residencia en otra localidad. Debes presentar una solicitud al juzgado dentro del mes siguiente a tu nombramiento para ser relevado del cargo.

17. ¿Tengo derecho a voto en una junta de propietarios si tengo cuotas pendientes de pago?

No, si tienes cuotas pendientes de pago no tienes derecho a voto en las juntas de propietarios. Para poder votar, debes estar al corriente de todas tus obligaciones financieras con la comunidad.

18. ¿En una votación de la junta se pueden emitir los votos de forma secreta?

No, la Ley de Propiedad Horizontal impide la validez de los votos emitidos de forma secreta en las juntas de propietarios. La votación debe ser pública para conocer la cuota de participación del votante.

19. ¿Si en una junta de propietarios no se está de acuerdo con un acuerdo, cómo hay que actuar?

Para impugnar un acuerdo, primero debes estar al corriente de pago de todas las deudas con la comunidad. Luego, puedes presentar una impugnación judicial del acuerdo, solicitando al juez que suspenda su ejecución si consideras que es perjudicial para tus intereses.

20. ¿Qué mayoría se necesita para poder aprobar una cuestión en junta?

Las mayorías necesarias para aprobar decisiones en la junta de propietarios varían según el tipo de acuerdo:

  • Unanimidad: Necesaria para decisiones que afectan los estatutos de la comunidad, como el cambio de uso de elementos comunes.
  • Mayoría Cualificada (3/5): Requerida para decisiones importantes como la instalación de ascensores, mejoras estructurales que afecten la seguridad del edificio, o la eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Mayoría Simple: Suficiente para decisiones ordinarias, como la aprobación de presupuestos y cuentas anuales.
21. ¿Cómo puede saber un propietario que compra una propiedad si está o no al corriente de pago de cuotas de comunidad?

El propietario puede solicitar un certificado de deudas a la comunidad. Este certificado, expedido por el administrador de fincas y firmado por el presidente de la comunidad, detalla las cuotas pendientes y es esencial para realizar la compraventa ante notario. Este documento asegura que el nuevo propietario tenga una visión clara del estado de las finanzas de la propiedad que está adquiriendo.

22. Si se compra una propiedad con deuda, ¿el nuevo propietario tiene obligación de hacerse cargo de toda la deuda pendiente?

Sí, el nuevo propietario es responsable de las deudas pendientes con la comunidad hasta un máximo de tres años anteriores a la adquisición de la propiedad, según la Ley de Propiedad Horizontal. Por ello, es fundamental obtener el certificado de deudas antes de la compra para estar informado y tomar las medidas necesarias.

23. Si en un edificio hay una persona minusválida y exige que se instale ascensor o que realicen obras para la supresión de barreras arquitectónicas, ¿la comunidad en su conjunto está obligada a realizar dichas obras y asumir el coste de las mismas?

Sí, la Ley de Propiedad Horizontal establece que la comunidad está obligada a realizar y costear las obras de accesibilidad necesarias para que las personas con discapacidad o mayores de 70 años puedan usar adecuadamente los elementos comunes. Esto incluye la instalación de ascensores y la eliminación de barreras arquitectónicas, siempre que el coste anual de la obra no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

24. ¿Cada cuánto tiempo se reúne la junta de propietarios?

La junta de propietarios debe reunirse al menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas anuales. Además, se pueden convocar reuniones extraordinarias cuando lo soliciten los propietarios que representen al menos el 25% de las cuotas de participación, o cuando el presidente lo considere necesario.

25. Para que una convocatoria de una junta sea válida, ¿cuál es la mayoría de asistentes necesaria?

Para que la convocatoria de una junta de propietarios sea válida, es necesario que en primera convocatoria asistan la mayoría de los propietarios que representen a la mayoría de las cuotas de participación. Si no se alcanza este quórum, se celebrará en segunda convocatoria con los asistentes que haya, sin importar su número.

26. ¿Cuáles son los plazos legales para que la convocatoria a una junta de propietarios sea válida?

La convocatoria debe realizarse con al menos seis días de antelación a la fecha de la reunión, salvo en casos de urgencia debidamente justificados. La convocatoria debe incluir el orden del día, el lugar, la fecha y la hora de la reunión, tanto en primera como en segunda convocatoria.

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